lunes, 26 de enero de 2009

Se puede evaluar si hay riesgos de contaminación

ENTREVISTA. JAVIER VERÁSTEGUI
Consultor en biotecnología señala que no deben prohibirse estos cultivos en el país

¿Es conveniente que los transgénicos ingresen al Perú?
Los cultivos transgénicos son resultado de la aplicación de una tecnología avanzada que permitiría solucionar problemas que afectan la producción de alimentos en el Perú. Así, se podría reducir las pérdidas de cosechas por malezas, plagas y enfermedades (por ejemplo, la papa transgénica resistente a hongos desarrollada por el Centro Internacional de la Papa); lograr la tolerancia de cultivos a la sequía, la salinidad y las heladas, etc. Los transgénicos sí deberían tener la posibilidad de ser utilizados en el Perú si existe la demanda por los agricultores.
¿Los transgénicos no son peligrosos para la salud?Los productos alimenticios derivados de cultivos transgénicos se evalúan respecto de su inocuidad antes de su introducción en el mercado alimentario. El esquema de bioseguridad usado en todo el mundo, incluida la legislación peruana (Ley 27104 y su reglamento), se basa sobre el análisis del riesgo relativo a características de los productos, el cual resulta más estricto que la evaluación de productos obtenidos por medios convencionales.
¿Los cultivos nativos no serían contaminados?
En principio no existen peligros, pues la liberación de cultivos transgénicos se hace caso por caso y paso a paso. Esto quiere decir que si la autoridad de bioseguridad (en nuestro caso el INIA) recibe una solicitud para liberar un cultivo transgénico de polinización cruzada en un valle o región del Perú donde hay predominancia de cultivos orgánicos de la misma especie, podrá evaluar el riesgo de una posible contaminación genética y no autorizar la solicitud; o podrá establecer medidas para controlar ese riesgo como las distancias mínimas de separación de cultivos que permiten evitar esa posible contaminación.

¿Se deben etiquetar los alimentos transgénicos?
Si se trata de etiquetar alimentos derivados de cultivos transgénicos, como por ejemplo el aceite de soya transgénica tolerante a herbicidas, o el aceite o almidón de maíz resistente a insectos (maíz Bt), no veo la necesidad de hacerlo. Un etiquetado de estos productos alimenticios no informaría debidamente al consumidor, pues lo induciría a pensar que por el hecho de que el aceite o almidón proviene de un transgénico ya es sospechoso, lo cual no es cierto.

¿Qué aspectos se deberían recoger en la legislación?
En el Reglamento Sectorial de Bioseguridad, en proceso de consulta pública, se establecen criterios adecuados para garantizar un correcto proceso de presentación y evaluación de solicitudes de liberación de transgénicos y una correcta evaluación y gestión de riesgos caso por caso y paso a paso.
El Comercio, 24/01/2009

No hay comentarios: